"Acto por el cual se inflige intencionalmente a una persona protegida por el Derecho Internacional Humanitario (DIH), dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin, en particular, de: a) obtener de ella o de un tercero información o una confesión, b) castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que haya cometido; intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación (Verri, 1998, p. 107 y 108). También incluye tratos crueles, inhumanos y degradantes. Un trato resulta cruel cuando es excesivo o insufrible porque el agente activo se complace en hacer afligir o se deleita con los padecimientos ajenos. Un trato es inhumano cuando hay barbarie o denota falta de sensibilidad. Un trato es degradante cuando rebaja, humilla, envilece o reduce las cualidades inherentes a la persona. También resulta degradante todo castigo que produzca el escarnio público (Defensoría del Pueblo, 2000, p.8). Se consideran indicios de tortura las huellas de inmovilización por el agravamiento del estado de indefensión, incluyendo el acto de amarrar, amordazar, o vendar" (CNMH - Observatorio de Memoria y Conflicto. SIEVCAC: Marco conceptual, 2020).